Migración a Verifactu y a la factura electrónica B2B

España tiene dos reformas de facturación con calendarios que se solapan. Planificarlas como una sola migración evita cambiar de sistema dos veces.

Verifactu

El Real Decreto 1007/2023 exige un software de facturación que mantenga los registros íntegros y trazables. Según el Real Decreto-ley 15/2025, las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que retrasará ambas a octubre de 2028, pero ese cambio necesita todavía una nueva norma. Hasta que se publique, las fechas de 2027 siguen siendo ley. Tener un software de facturación no conforme puede sancionarse con 50.000 € por ejercicio.

Factura electrónica B2B obligatoria

La Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, ha activado el calendario del Real Decreto 238/2026:

FechaQuién
6 de octubre de 2027Empresas con facturación superior a 8 millones de euros
Octubre de 2028Resto de empresas y autónomos

La Agencia Tributaria ofrecerá una solución pública gratuita de facturación electrónica a más tardar el 6 de agosto de 2027. El software privado sigue permitido si envía una copia a la solución pública.

Qué entregamos

  1. Estado actual — qué fechas te aplican, comprobadas con la última publicación oficial.
  2. Elección de sistema — mantener, actualizar o cambiar tu software de facturación o tu TPV.
  3. Integración — conexión de la facturación con tu tienda, ERP o programa de contabilidad.
  4. Formación — en español o chino mandarín (中文服务), especialmente para comercios, restaurantes y mayoristas.

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